Me rechazaron la factura. ¿Y ahora?
Guía paso a paso para PyMEs: qué hacer cuando tu cliente rechaza una factura, cómo emitir correctamente la nota de crédito y cómo reactivar el cobro sin errores tributarios.
Eres dueño de una PyME. Llegó la HES (Hoja de Entrada de Servicios), te dejaron facturar, emitiste la factura y… te llega el aviso: rechazada. Es uno de los momentos más frustrantes del ciclo de cobro, pero tiene solución clara y bien definida en la ley chilena.
Esta guía cubre exactamente eso: qué hacer, en qué orden y con qué documentos, respaldado con las fuentes del SII y la normativa vigente.
Eres una empresa de 15 personas que presta servicios logísticos a una gran salmonera. Recibes la HES, emites tu factura electrónica y antes de que pasen 24 horas, recibes un correo del área de compras: "Factura N° 1.234 rechazada por error en dirección del receptor". ¿Qué haces?
Cuando eres quien emitió la factura y te la rechazan
Entender qué tipo de rechazo recibiste
Antes de tomar cualquier decisión relevante, necesitas saber por qué te rechazaron. El SII clasifica los rechazos en categorías distintas, y el procedimiento correcto depende 100% del motivo. (NC = Nota de Crédito)
| Motivo del rechazo | Documento correcto | Luego… |
|---|---|---|
| Error en montos, cantidades o referencias | NC para Corregir Montos | Emitir nueva factura por el monto correcto |
| Error en giro o dirección del receptor | NC para Corregir Texto | Emitir nueva factura con datos correctos |
| Cualquier otro error (RUT, descripción, etc.) | NC de Anulación total | Emitir una nueva factura desde cero |
| Servicio no entregado íntegramente | NC parcial (por diferencia) | La factura original se mantiene por el monto ajustado |
El rechazo formal ante el SII debe realizarse por el comprador dentro de los 8 días corridos desde que la factura fue recepcionada en el SII. Si el rechazo te llega por correo del área de compras pero no ves el reclamo en el sistema del SII, revisa el estado en el Registro de Aceptación o Reclamo de DTE.
↗ SII — plazo 8 días
Donde revisar el estado real de tu factura en el SII
Antes de emitir cualquier nota de crédito, entra al portal del SII y confirma el estado formal del documento. Muchas PyMEs emiten documentos de corrección innecesarios porque confunden un correo de compras con un rechazo tributario formal.
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Ingresa a sii.cl con el RUT y clave de tu empresa (o certificado digital del representante legal).
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Ve a Registro de Compras y Ventas (RCV) → pestaña Ventas.
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Busca la factura por número o folio. Revisa la columna de estado: Aceptada, Sin respuesta, o Reclamada.
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Si aparece como Reclamada, el cliente ya ingresó formalmente el rechazo al SII. Debes actuar. Si está Sin respuesta y no han pasado 8 días, el cliente aún está en plazo para reclamar.
También puedes consultar el estado desde la perspectiva del emisor en la Guía de Aceptación o Reclamo de DTE del SII, ingresando los datos del documento. Te muestra si el comprador aceptó, reclamó o no ha respondido. ↗ SII — Guía Aceptación/Reclamo DTE
Cómo emitir la Nota de Crédito correctamente
La Nota de Crédito electrónica es el instrumento que la ley prevé para corregir o anular facturas. Su emisión está regulada por el Art. 57 del DL N° 825 (Ley de IVA) y el Art. 71 del Reglamento de IVA.
Caso A: Error en montos o datos — NC correctiva
Si el rechazo fue por un error en cantidades, montos o referencias, emites una Nota de Crédito para Corregir Montos (o para Corregir Texto si fue error de giro/dirección). Esta NC modifica la factura original sin anularla completamente. Luego emites una nueva factura o una nota de débito por el monto correcto. ↗ SII — NC Corrige Monto
Caso B: Error grave o rechazo total — NC de Anulación
Si el error no calza con las categorías anteriores (por ejemplo, RUT equivocado, descripción del servicio incorrecta), debes emitir una Nota de Crédito de Anulación. Esta cancela la factura original por completo.
La NC correctiva por error de facturación debe emitirse en el mismo mes o como máximo el mes siguiente (Art. 22 DL 825). En cambio, para NC por devolución de mercaderías o resciliación de servicios, el plazo para rebajar el débito fiscal es de hasta 6 meses desde la devolución o resciliación (Art. 21 N°2 DL 825, modificado por Ley 21.398 vigente desde marzo 2022).
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Entra al portal del SII → Factura Electrónica → Emisión de Notas de Crédito Electrónicas. Acceder aquí →
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Selecciona la factura rechazada como documento de referencia
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Elige la opción que corresponde: Corregir Montos, Corregir Texto, o Generar NC de Anulación.
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El sistema genera automáticamente el documento con los campos precargados desde la factura original.
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Evía al SII. Recibirás un acuse de recibo del DTE.
Cómo reemitir la factura corregida
Una vez emitida la NC, ya puedes emitir la nueva factura correcta. Esta es una factura nueva, con folio nuevo, pero debe hacer referencia a la factura original y a la NC emitida. Esto es importante para que el SII pueda seguir la cadena documental y no veas inconsistencias en tu IECV.
- Verifica con el cliente los datos correctos antes de emitir (RUT, razón social, dirección, giro, OC o HES de referencia).
- Emite la nueva factura referenciando la factura original anulada.
- Envía la nueva factura al correo del área de compras del cliente y al contacto que te notificó el rechazo.
- Guarda el correo o comunicación donde consta el motivo del rechazo: es tu respaldo ante el SII si hay fiscalización.
- Confirma que la nueva factura aparece como Aceptada en el RCV después de los 8 días.
Si tenías intención de ceder esta factura a una empresa de factoring o banco, recuerda que una factura anulada con NC de anulación no puede cederse: el Registro Público Electrónico de Transferencia de Créditos la rechazará automáticamente. Debes ceder la nueva factura, no la anulada. ↗ SII — Cesión y anulación
¿Cómo afecta al IVA y al débito fiscal?
Este punto es el que más confunde. Aquí va la lógica resumida:
| Situación | Efecto en débito fiscal (emisor) |
|---|---|
| NC emitida en el mismo mes que la factura original | Rebaja directa el débito fiscal del mismo mes. Sin trámite adicional. |
| NC emitida el mes siguiente (período siguiente al de la factura) | Rebaja el débito fiscal del mes en que se emite la NC. Válido si el rechazo fue dentro de los 8 días. |
| NC emitida más de un período después | No puede rebajar débito fiscal directamente. Requiere trámite administrativo (F-2117) ante el SII. |
Consulta siempre con tu contador antes de cerrar el F-29 del mes en que ocurra un rechazo. El timing de la NC puede mover el IVA a pagar de un mes al otro.
Cuando el cliente te pide una NC porque el servicio no fue entregado íntegramente
¿Cuándo el cliente tiene razón: el servicio no fue
entregado íntegramente?
Este punto es el que más confunde. Aquí va la lógica resumida:
Transportas mercadería en 10 viajes. Facturas el total al inicio, pero solo completaste 6. El cliente rechaza la factura porque el servicio no fue prestado en su totalidad — y tiene razón legal para hacerlo.
En Chile, el receptor tiene derecho a reclamar una factura si el bien no fue entregado o el servicio no fue prestado conforme a lo pactado. Este derecho está reconocido expresamente en la normativa vigente. ↗ Ley 19.983 — texto completo
Cómo emitir la NC parcial correctamente
En este caso no corresponde anular la factura: el servicio fue prestado parcialmente y tienes derecho a cobrar por lo que entregaste. El instrumento correcto es una Nota de Crédito parcial por el monto de lo no entregado.
Acuerda el monto con el cliente por escrito. Antes de emitir cualquier documento, confirma por correo el monto exacto que corresponde descontar. Esto es tu respaldo comercial y tributario.
Emite la NC parcial. En el portal SII → Nota de Crédito → selecciona la factura original → elige "Corregir Montos" → ingresa solo el valor de lo no entregado (sin IVA). El sistema calculará el IVA correspondiente.
Referencia correcta. La NC debe hacer referencia al número y fecha de la factura original. Si el cliente tiene OC o HES asociada, inclúyela en el campo de referencias.
Envía la NC al cliente y solicita confirmación de recepción. Idealmente pide que la acepten formalmente en su sistema (esto también protege tu crédito fiscal si tuvieras que ceder el saldo).
Para que la NC por devolución de mercadería o resciliación te permita rebajar el débito fiscal, el Art. 21 de la Ley de IVA establece un plazo de 6 meses desde la emisión de la factura original. Si emites la NC dentro de ese plazo, rebaja tu débito directamente. Si la emites después, el efecto solo aplica para el comprador (que debe rebajar su crédito fiscal), pero tú ya no puedes rebajar tu débito del período. ↗ SII — Plazos NC y resciliación
Qué pasa si el cliente reclama la factura unilateralmente por servicio incompleto
Si el cliente decide reclamar formalmente ante el SII (dentro de los 8 días) alegando que el servicio no fue entregado íntegramente, la factura pierde su mérito ejecutivo y no puede cederse a factoring mientras esté reclamada. ↗ SII — Estados de factura en RCV
Según la Ley 19.983, Art. 3°, el comprador puede reclamar devolviendo la factura, o bien reclamando dentro de los 8 días por carta certificada o cualquier otro medio fehaciente. El reclamo debe fundamentarse en alguna de estas causales:
Si la factura ya está reclamada en el SII por servicio parcial no reconocido por ti, no emitas ningún documento de corrección sin antes hablar con tu contador o abogado. La factura reclamada no da derecho a crédito fiscal al comprador ni tiene mérito ejecutivo, pero eso no implica que no tengas derecho a cobrar lo que entregaste. Puedes iniciar un proceso de negociación respaldado por los registros de entrega (guías de despacho, correos, informes de avance).
Checklist del dueño de PyME
Cuando te rechazan una factura
Cuando te piden NC por servicio parcial
Toda la información de esta guía está respaldada en normativa y preguntas frecuentes del SII. Las principales fuentes son: